Las áreas protegidas son espacios naturales que deben ser conservados a perpetuidad. En ellos se conservan el 85% de las fuentes de agua del país, la hidroelectricidad, el oxígeno y en general, los bienes y servicios fundamentales para el desarrollo sustentable del país.
La red de áreas protegidas de
Venezuela comprende un gran conjunto de zonas destinadas a solucionar o
minimizar los problemas ambientales que afectan a las regiones en las que se
ubican. Su clasificación corresponde con diversas figuras legales que permiten
darle protección a cada área en especial; estas figuras son: parques nacionales,
monumentos naturales, zonas protectoras, reservas hidráulicas, refugios de
fauna silvestre, reservas de fauna, parques litorales, áreas críticas con
prioridad de tratamiento, reservas forestales, lotes boscosos y zonas de
aprovechamiento agrícola.
Lugares
que pueden ser Áreas Protegidas:
- Parque Nacional:
áreas donde existen uno o varios ecosistemas que no se encuentren
significativamente alterados por la explotación y ocupación humana. Estas áreas
tienen especies vegetales y animales, sitios geomorfológicos o hábitats que
ameritan un especial interés científico, educativo y recreativo, o representan
paisajes naturales de una belleza excepcional.
Monumento natural:
áreas que contienen normalmente uno o varios elementos naturales específicos de
notable importancia nacional, tales como una formación geológica, un sitio
natural único, especies o hábitats o vegetales que podrían estar amenazados. En
estos sitios la intervención humana, si es que está permitida, es muy leve y
está bajo control estricto
Paisaje protegido:
superficie de territorio, terrestre o marino, en el cual el hombre ha
intervenido significativamente el ambiente pero que, junto con la naturaleza,
ha producido una zona de carácter definido, de singular belleza escénica o con
valor de testimonio natural, y que podrá contener valores ecológicos o
culturales. Un ejemplo de ello es el Parque Nacional de Santa Teresa.
Curiosamente, este lugar se denomina “Parque Nacional”, pero técnicamente no lo
es. Sucede que ese nombre se le da desde hace muchos años, cuando este sistema
de categorías no estaba aún implantado.
En Venezuela el organismo encargado de
garantizar la conservación, administración y manejo de la red de áreas
protegidas que conforman el Sistema Nacional de Parques de Venezuela, es el
instituto Nacional de Parques (INPARQUES). Este instituto promueve el uso
racional de estas áreas en actividades como investigación, esparcimiento,
educación y ecoturismo, dentro del marco legal vigente.
Según sus funciones, las áreas protegidas se
agrupan en:
·
Áreas con fines
productivos, como las reservas forestales, los lotes boscosos y las zonas de
aprovechamiento agrícola.
·
Áreas con fines
protectores, como las zonas protectoras, las reservas hidráulicas, los refugios
y reservas de fauna silvestre, los parques litorales y las áreas críticas con
prioridad de tratamiento.
·
Áreas con fines
recreativos, científicos y educativos, como los parques nacionales y los
monumentos naturales.
Todas estas áreas fueron decretadas con los
siguientes propósitos:
·
Proteger los
recursos naturales y diseñar técnicas para su explotación y para el
establecimiento de procesos de desarrollo que no deterioren los ecosistemas.
·
Estudiar los
componentes de todas las interrelaciones que se producen en un ecosistema antes
de tomar decisiones que puedan modificarlos.
·
Establecer normas
sobre el uso de productos químicos dentro de los ecosistemas y evitar su
contaminación.
Aporte Jusmy Rodriguez
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