sábado, 26 de enero de 2013

Áreas Protegidas

Las áreas protegidas son espacios naturales que deben ser conservados a perpetuidad. En ellos se conservan el 85% de las fuentes de agua del país, la hidroelectricidad, el oxígeno y en general, los bienes y servicios fundamentales para el desarrollo sustentable del país.

La red de áreas protegidas de Venezuela comprende un gran conjunto de zonas destinadas a solucionar o minimizar los problemas ambientales que afectan a las regiones en las que se ubican. Su clasificación corresponde con diversas figuras legales que permiten darle protección a cada área en especial; estas figuras son: parques nacionales, monumentos naturales, zonas protectoras, reservas hidráulicas, refugios de fauna silvestre, reservas de fauna, parques litorales, áreas críticas con prioridad de tratamiento, reservas forestales, lotes boscosos y zonas de aprovechamiento agrícola.

Lugares que pueden ser Áreas Protegidas:

-    Parque Nacional: áreas donde existen uno o varios ecosistemas que no se encuentren significativamente alterados por la explotación y ocupación humana. Estas áreas tienen especies vegetales y animales, sitios geomorfológicos o hábitats que ameritan un especial interés científico, educativo y recreativo, o representan paisajes naturales de una belleza excepcional. 


  Monumento natural: áreas que contienen normalmente uno o varios elementos naturales específicos de notable importancia nacional, tales como una formación geológica, un sitio natural único, especies o hábitats o vegetales que podrían estar amenazados. En estos sitios la intervención humana, si es que está permitida, es muy leve y está bajo control estricto


Paisaje protegido: superficie de territorio, terrestre o marino, en el cual el hombre ha intervenido significativamente el ambiente pero que, junto con la naturaleza, ha producido una zona de carácter definido, de singular belleza escénica o con valor de testimonio natural, y que podrá contener valores ecológicos o culturales. Un ejemplo de ello es el Parque Nacional de Santa Teresa. Curiosamente, este lugar se denomina “Parque Nacional”, pero técnicamente no lo es. Sucede que ese nombre se le da desde hace muchos años, cuando este sistema de categorías no estaba aún implantado.

En Venezuela el organismo encargado de garantizar la conservación, administración y manejo de la red de áreas protegidas que conforman el Sistema Nacional de Parques de Venezuela, es el instituto Nacional de Parques (INPARQUES). Este instituto promueve el uso racional de estas áreas en actividades como investigación, esparcimiento, educación y ecoturismo, dentro del marco legal vigente.

Según sus funciones, las áreas protegidas se agrupan en:

·         Áreas con fines productivos, como las reservas forestales, los lotes boscosos y las zonas de aprovechamiento agrícola.
·         Áreas con fines protectores, como las zonas protectoras, las reservas hidráulicas, los refugios y reservas de fauna silvestre, los parques litorales y las áreas críticas con prioridad de tratamiento.
·         Áreas con fines recreativos, científicos y educativos, como los parques nacionales y los monumentos naturales.

Todas estas áreas fueron decretadas con los siguientes propósitos:

·         Proteger los recursos naturales y diseñar técnicas para su explotación y para el establecimiento de procesos de desarrollo que no deterioren los ecosistemas.
·         Estudiar los componentes de todas las interrelaciones que se producen en un ecosistema antes de tomar decisiones que puedan modificarlos.
·         Establecer normas sobre el uso de productos químicos dentro de los ecosistemas y evitar su contaminación.
                                                                             
                                                                        Aporte Jusmy Rodriguez

No hay comentarios:

Publicar un comentario